Desde que entrara en vigor la reforma de estas prestaciones por desempleo, el pasado 1 de noviembre, las ayudas del SEPE han cambiado tal y como las conocíamos hasta ahora. El subsidio agrario, que perciben las personas trabajadoras eventuales residentes en las comunidades autónomas de Andalucía y de Extremadura, también se ha visto afectado por estos nuevos cambios en la normativa, recientemente introducidos por el Gobierno. A continuación, vamos a tratar este asunto con detalle para que salgas de dudas, si tú o algún familiar, os encontráis en esta situación.
El “Subsidio agrícola a favor de las personas trabajadoras eventuales del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios de la Seguridad Social” (SEASS), tiene una cuantía equivalente al 80% del IPREM, es decir, 480 euros al mes en estos momentos. Para poder beneficiarse, hay que cumplir con una serie de requisitos. Según establece la normativa, podemos resumirlos en estos:
- Estar inscrito como demandante de empleo.
- Firmar un acuerdo de actividad, por el que te comprometes a realizar una búsqueda activa de empleo y a llevar a cabo acciones formativas para aumentar tu empleabilidad.
- Ser una persona trabajadora eventual agraria por cuenta ajena.
- Tener residencia en algún municipio de Andalucía o Extremadura.
- Haber percibido esta ayuda del Servicio Público de Empleo Estatal en alguno de los 3 años anteriores a la fecha de la solicitud.
- Haber cotizado 10 peonadas (antes eran 35) durante los 12 meses naturales anteriores a estar sin empleo.
- No superar los umbrales de renta establecidos por la ley.
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