Existe un colectivo de ciudadanos de nuestro país, que se puede beneficiar de 5 reducciones y bonificaciones a la Seguridad Social. Nos referimos, en concreto, al grupo integrado por los autónomos. No hay que olvidar que, los trabajadores por cuenta propia, suelen ser personas emprendedoras que, por lo general, crean empresas y generan empleo. Por este motivo, el Estado les compensa, ofreciendo una serie de ventajas de las que se pueden beneficiar en su día a día.
Estos son los 5 casos en los que los autónomos se pueden beneficiar de deducciones en las cuotas de la Seguridad Social
A continuación, explicamos uno a uno cada uno de estos 5 supuestos o circunstancias particulares de las que se pueden beneficiar los autónomos/as para pagar menos cuota destinada a cubrir las contingencias comunes a la Seguridad Social o incluso estar exentos de abonarla. Por consiguiente, vamos a ver en qué medida se pueden beneficiar los trabajadores autónomos, según corresponda en cada caso.
Estando de baja por maternidad o paternidad, adopción o en caso de riesgo durante el embarazo o lactancia natural
En caso de que el/la trabajador/a autónomo tenga que disfrutar de una baja por maternidad o paternidad, o en caso de guarda con fines de adopción, y en caso de riesgo de embarazo o durante el periodo de lactancia natural, obtendrá un beneficio del 100 % de la cuota por contingencias comunes “resultante de aplicar a la base media que tuviera el trabajador en los doce meses anteriores a la fecha en la que inicie esta bonificación”. Paralelamente, hay que tener en cuenta que la duración del beneficio será aplicable durante el periodo de descanso por alguno de dichos motivos
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