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Este es el IRPF que debes tener en tu nómina para que la renta no te salga a pagar

El IRPF en la nómina lo determina el modelo 145 de Hacienda

Los empleados que se incorporan a una empresa o los trabajadores que lleven más tiempo en plantilla, pero hayan cambiado su situación personal o familiar, deben rellenar a comienzos de año, el modelo 145 de Hacienda. En ese aspecto, la empresa tiene la obligación de facilitar dicho documento a su empleado. Según los datos aportados en el mismo, la nómina se ajustará a la situación particular de cada trabajador.

El modelo 145 recoge 3 opciones posibles

La obligación de rellenar el modelo 145 o “Comunicación de datos al pagador” está regulada en el artículo 88 del Reglamento del IRPF, según recoge la Real Decreto 439/2007. Dicha normativa argumenta de forma textual que: “los contribuyentes deberán comunicar al pagador la situación personal y familiar que influye en el importe excepcionado de retener, en la determinación del tipo de retención o en las regularizaciones de este, quedando obligado asimismo el pagador a conservar la comunicación debidamente firmada”.

Por consiguiente, la retención de IRPF en la nómina pasa por estas 3 opciones que recoge el modelo 145 de Hacienda:

  • Soltero/a, divorciado/a o separado/a legalmente con hijos solteros menores de 18 años.
  • Casado/a y no separado/a cuyo cónyuge no obtiene rentas anuales superiores a 1.500 euros.
  • Situación familiar diferente a las anteriores.

Tabla de tramos de retención de IRPF para 2025

A continuación, en la siguiente tabla, especificamos los tramos de retención de IRPF establecidos para  2025. En consecuencia, el porcentaje que se lleva Hacienda de los rendimientos en el trabajo, va a depender del total de los ingresos anuales que percibe el trabajador. Por lo tanto, si sumamos el tipo estatal y el autonómico, estos son los porcentajes de retención en los sueldos:

Ingresos anuales Retención IRPF (estatal y autonómica)
Hasta 12.450 euros 19%
De 12.450 euros a 20.199 euros 24%
De 20.200 euros a 35.199 euros 30%
De 35.200 euros a 59.999 euros 37%
De 60.000 euros a 299.999 euros 45%
A partir de 300.000 euros 47%

 

Para saber más pincha aquí.

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