El SEPE confirma los cambios que se han producido en referencia a la duración máxima del subsidio por desempleo, en caso de que el beneficiario tenga hijos a cargo u acredite tener otras responsabilidades familiares. En ese aspecto, recordemos que la entrada en vigor, el pasado 1 de noviembre, de la reforma en materia de ayudas por desempleo, ha introducido importantes cambios en ese aspecto. Las principales variaciones han afectado a las cuantías, aunque también a la duración de las ayudas por desempleo. Veámoslo a continuación con más detalle.
Requisitos para solicitar el nuevo subsidio por desempleo de cotizaciones insuficientes: cuantías
Las personas que estén en paro y tengan, como mínimo, 360 días de cotización, tienen derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo. Sin embargo, si el periodo cotizado es inferior, el SEPE ofrece el subsidio por desempleo de cotizaciones insuficientes. Para poder tener acceso a esta ayuda económica, es necesario haber cotizado al menos durante 90 días. Además, es necesario reunir los siguientes requisitos:
- Estar en desempleo total o estar trabajando a tiempo parcial.
- No tener derecho a cobrar el paro (la prestación contributiva).
- Carecer de rentas propias o bien, justificar que se tienen responsabilidades familiares.
Por otra parte, para solicitar el subsidio hay que estar inscrito como demandante en los servicios de empleo de la Comunidad Autónoma que corresponda, es decir, estar dado de alta en el SAE, en el caso de Andalucía. Además, es necesario suscribir la BAE o acuerdo de actividad.
Cuantías del subsidio por desempleo por cotizaciones insuficientes
Otra de las características del subsidio por desempleo, a raíz de la reforma introducida por el Gobierno el pasado otoño, son el cambio de las cuantías de estas ayudas que gestiona directamente el Servicio Público de Empleo Estatal. Unos importes que son escalable mientras dure el subsidio. De este modo, será del 95 % del IPREM durante los 180 primeros días (570 euros al mes), del 90 % (540 €) entre el 181 y el 360; y, para finalizar, del 80 % del mismo índice, es decir, 480 euros mensuales, a partir del día 361.
Para saber más pincha aquí.