El SEPE confirma 4 tipos de subsidios de los que pueden beneficiarse las mujeres en paro mayores de 45 años. Y es que, las desempleadas, sobre todo si tienen poca cualificación profesional, son un colectivo vulnerable que presenta especial dificultad a la hora de reinsertarse en el mundo laboral. Por este motivo, el Servicio Público de Empleo Estatal ofrece esta serie de ayudas que pueden alcanzar los 570 euros al mes. En suma, una ayuda para favorecer el sustento económico de muchos hogares, una vez que agotan el cobro de la prestación contributiva y continúan sin poder firmar un contrato de trabajo.
Las mujeres mayores de 45 años pueden beneficiarse de estos 4 subsidios del SEPE
Las mujeres mayores de 45 años en paro pueden beneficiarse de varias ayudas económicas del Estado. En concreto, el Servicio Público de Empleo Estatal ofrece a dicho colectivo estos 4 tipos de subsidio de desempleo: por agotamiento de la prestación contributiva, por cotizaciones insuficientes, para víctimas de la violencia de género o sexual y para mayores de 52 años.
Por otra parte, debido a la entrada en vigor de la reforma de los subsidios, el pasado 1 de noviembre, durante estos meses ha habido cambios al respecto de estas ayudas y, por tanto, existen algunos nuevos matices que es conveniente aclarar. Sobre todo en lo referente a las cuantías, la duración y los requisitos para poder acceder a algunos de ellos. Por este motivo, a continuación, vamos a ver las características de cada uno de forma pormenorizada.
Subsidio de desempleo por agotamiento de la prestación contributiva
Las personas que agotan la prestación contributiva pueden solicitar el subsidio por desempleo. Una ayuda que es escalable, en el sentido que se cobran 570 euros durante los primeros 180 días, 540 euros en los 6 meses siguientes, y 480 euros en el resto. Su duración va a depender de 3 factores fundamentales: si hay o no responsabilidades familiares, la edad de la solicitante y cuál ha sido la duración de la prestación contributiva que han agotado. Lo vemos mejor en la siguiente tabla:
Responsabilidades familiares | Edad | Duración de la prestación agotada | Duración del subsidio |
---|---|---|---|
No | Mayor de 45 | Mayor o igual a 360 días | 6 meses |
Menor de 45 | Mayor o igual a 120 días | ||
Sí | Indiferente | 120 días | 24 meses |
Mayor o igual a 180 días | 30 meses |
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