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Solicita el Bono Social Eléctrico para pagar hasta un 50% menos en tu factura de la luz

¿Quieres pagar menos en tu factura de la luz? El Gobierno pone a disposición de los ciudadanos el Bono Social Eléctrico. Una ayuda con la que los ciudadanos pueden conseguir descuentos de hasta el 50 % en el consumo de electricidad. Los descuentos son escalables en función del grado de vulnerabilidad de los solicitantes. Por consiguiente, para ser beneficiario de esta ayuda hay que cumplir una serie de requisitos y no superar unos determinados límites de ingresos anuales.

25 % de descuento para consumidores vulnerables

Para ser considerado como consumidor vulnerable, el cómputo anual de la renta de la unidad de convivencia no debe superar 1,5 veces en IPREM de 14 pagas (12.600 euros al año). Además, se incrementará en 0,3 por cada miembro mayor de edad que integre la unidad familiar y 0,5 en caso de ser menores de edad. También, aunque se superen dichos límites, se concede esta ayuda a familias numerosas, pensionistas de la Seguridad Social y a los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital.

40 % de descuento para consumidores vulnerables severos 

Los consumidores considerados como vulnerables severos podrán tener acceso a un descuento en la factura eléctrica de hasta el 40 %. Aunque para ello, es necesario percibir una renta anual que no supere el 50 % del IPREM (condición válida también para los que perciben en IMV). Además, en caso de familia numerosa, la unidad de convivencia debe percibir una renta anual que no supere los 16.800 euros (2 veces el IPREM). También, si el consumidor percibe la pensión mínima y no percibe otros ingresos que superen los 500 euros, su renta anual no debe superar los 8.400 euros.

50 % de descuento para consumidores en riesgo de exclusión social

Las personas pertenecientes a colectivos en riesgo de exclusión social pueden beneficiarse de hasta un 50 % de descuento en su factura de la luz. Además, la ley les ampara en caso de no poder hacer frente al pago de la factura, ya que la compañía suministradora no podrá interrumpirles en ningún caso el suministro eléctrico. Para justificar estar condición, el titular del contrato debe estar siendo atendido por los servicios sociales, locales o autonómicos, de una Administración Pública.

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